Respuesta directa. Si tienes un hijo menor de 12 años (o cuidas a una persona con discapacidad o a un familiar que no puede valerse por sí mismo), puedes reducir tu jornada entre un octavo y la mitad, con la reducción proporcional del sueldo. Tú eliges el horario dentro de tu jornada habitual, salvo lo que diga tu convenio. Tiene una protección importante: cotizas como si trabajaras a jornada completa a efectos de varias prestaciones durante un tiempo, y si te despiden, la indemnización y el paro se calculan con tu sueldo de jornada completa.
Cuánto baja tu sueldo
Cálculo propio. El neto baja algo menos que el bruto porque la retención de IRPF suele bajar.
La protección que tienes
Cómo pedirla
- Comunícala por escrito a la empresa con 15 días de antelación (o el plazo de tu convenio), indicando el porcentaje y el horario.
- Si la empresa propone otro horario y no hay acuerdo, se resuelve en el juzgado por un procedimiento rápido.
- Para volver a tu jornada completa, avisa también con 15 días.
- Cuidado de un menor con cáncer u otra enfermedad grave, hasta los 23 años: reducción de al menos el 50 %, con una prestación de la Seguridad Social que compensa el sueldo perdido.
- Lactancia: media hora de reducción o una hora de ausencia. Mira lactancia acumulada.
- Calcula tu nuevo sueldo con la tabla.
- Revisa tu convenio por si mejora los derechos (por ejemplo, la concreción horaria).
- Comunica la reducción por escrito y guarda la copia sellada.
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 37.6, 37.7, 53.4 y 55.5, BOE
- Ley General de la Seguridad Social (RDLeg. 8/2015), art. 237, BOE
Otros supuestos de reducción
Preguntas frecuentes
¿La empresa puede negármela?
No, es un derecho individual. Puede discutir el horario, no el derecho.
¿Puedo pedirla si mi pareja ya la tiene?
Sí. Si trabajáis en la misma empresa, esta puede limitar el ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento.
¿Me afecta a las vacaciones?
Tienes los mismos días de vacaciones, pagados según tu salario reducido.
Qué hacer ahora
Sigue leyendo: Bajas y permisos del trabajo · Baja por enfermedad · Excedencia por cuidado de hijos
Fuentes
Información general, no asesoramiento personalizado. Las condiciones concretas pueden mejorar por convenio. Para un caso concreto, consulta a tu sindicato o a un graduado social. Última revisión: 20/10/2026. ¿Has visto un error? Escríbenos a correcciones@cuentasdelcurro.com.

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