Respuesta directa. Sí. El plus de transporte (o “plus de distancia”) que muchos convenios pagan por ir de casa al trabajo cotiza a la Seguridad Social desde 2013 y tributa en el IRPF como cualquier salario. Por eso aparece en tus bases de cotización y lleva retención. A cambio, cuenta para tus prestaciones: aumenta tu base del paro, de las bajas y de la jubilación. No hay que confundirlo con el kilometraje o las dietas por desplazamientos de trabajo, que sí están exentos hasta ciertos límites.

Plus de transporte frente a gastos de viaje

Mira los límites en dietas y kilometraje exentos.

Ejemplo hipotético

Con un plus de transporte de 60 € al mes en 11 mensualidades (sin pagarse en vacaciones, como prevén algunos convenios), son 660 € al año. Cotizas por ellos un 6,50 % (42,90 € al año con contrato indefinido) y tributan en tu IRPF. A cambio, tu base de cotización sube unos 55 € al mes de media, lo que se nota algo en tu paro.

Por qué cambió en 2013

Hasta 2013, el plus de transporte estaba excluido de la cotización hasta un límite. El Real Decreto-ley 16/2013 lo incluyó en la base de cotización. Desde entonces, la mayoría de conceptos que antes no cotizaban (pluses de transporte, distancia, cheques de comida por encima de límites…) sí lo hacen.

Errores frecuentes

  • Pensar que el plus de transporte es “dinero limpio”: tributa como el resto del salario.
  • Confundirlo con el kilometraje de un viaje de trabajo.
  • Olvidarlo al calcular la indemnización: los pluses salariales cuentan; los gastos de desplazamiento reales, no. Consulta tu caso si hay dudas.
  • Preguntas frecuentes

    ¿Me lo pueden quitar?

    Si es un plus de convenio, la empresa debe pagarlo mientras el convenio lo prevea.

    ¿Se cobra en vacaciones?

    Depende del convenio: algunos lo pagan 11 meses y otros 12.

    ¿Y si voy en bici o andando?

    Si es un plus de convenio, normalmente no depende del medio de transporte.

    Qué hacer ahora

    1. Busca el plus de transporte en tu nómina y en las tablas de tu convenio.
    2. Comprueba que está incluido en tus bases de cotización.
    3. Revisa cómo leer una nómina si tienes dudas con otros conceptos.
    4. Sigue leyendo: Tu nómina en 2026 · Embargo de nómina en 2026

      Fuentes


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