Respuesta directa. Si tu despido es improcedente y la empresa elige pagarte en vez de readmitirte, te corresponden 33 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de 24 mensualidades (720 días). Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, ese tramo anterior se calcula a 45 días por año, con sus propios topes. El salario diario se obtiene dividiendo tu salario bruto anual, con pagas extra, entre 365. La regla está en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
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La fórmula en tres pasos
- Salario diario = salario bruto anual (con pagas extra y complementos salariales fijos) ÷ 365.
- Días de indemnización = 33 × meses trabajados ÷ 12. Las fracciones de mes suelen contarse como mes completo; es el criterio habitual de los juzgados y el que usa nuestra calculadora.
- Indemnización = días de indemnización × salario diario, con un tope de 720 días.
- Antigüedad: del 1/3/2018 al 20/10/2026, que son 104 meses (la fracción final cuenta como mes).
- Salario: 30.000 € brutos al año, con un salario diario de 30.000 ÷ 365 = 82,19 €.
- Días: 33 × 104 ÷ 12 = 286 días.
- Indemnización: 23.506,85 €.
- Antigüedad: del 12/1/2026 al 20/10/2026, que son 10 meses.
- Salario: 21.000 € al año, con un salario diario de 57,53 €.
- Días: 33 × 10 ÷ 12 = 27,5 días.
- Indemnización: 1.582,19 €.
- Antes del 12/2/2012: 81 meses × 45 ÷ 12 = 303,75 días.
- Desde el 12/2/2012: 177 meses × 33 ÷ 12 = 486,75 días.
- La suma da 790,5 días, pero el tramo anterior no supera 720, así que el total se limita a 720 días.
- Con 36.000 € al año (98,63 € diarios), la indemnización es de 71.013,70 €.
- Antes del 12/2/2012: 258 meses × 45 ÷ 12 = 967,5 días.
- Como el tramo anterior ya supera 720 días, se queda con esa cifra (con un máximo de 42 mensualidades, 1.260 días) y no se suma nada por los años posteriores a 2012.
- Con 28.000 € al año (76,71 € diarios), la indemnización es de 74.219,18 €.
- Sí cuenta: salario base, complementos salariales fijos, pluses de convenio, pagas extra y comisiones habituales. Normalmente se toma el salario del último año o el que te correspondía en el momento del despido.
- No cuenta: dietas, plus de transporte, gastos de locomoción y otros conceptos extrasalariales que compensan gastos.
- Si cobrabas menos de lo que marca tu convenio, se calcula con el salario de convenio, no con lo que te pagaban.
- Despido objetivo procedente. Son 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades. Lo explicamos en despido objetivo.
- Despido nulo. No hay indemnización, sino readmisión obligatoria con salarios de tramitación.
- Despido disciplinario procedente. No hay indemnización.
- Fin de un contrato temporal. Son 12 días por año: mira la indemnización por fin de contrato.
- Si tu convenio o tu contrato mejoran la indemnización. Manda la cifra más favorable.
- Calcular con el sueldo neto o sin las pagas extra.
- Contar años completos y olvidar los meses.
- No aplicar el tope de 720 días o aplicarlo mal en los contratos anteriores a 2012.
- Dejar pasar el plazo. Para reclamar un despido tienes 20 días hábiles. Si no reclamas, el despido se da por bueno. Lo explicamos en el plazo para reclamar un despido.
- Calcula tu indemnización con la calculadora de arriba y guarda el resultado.
- Revisa en la carta de despido qué tipo de despido es y qué cifra te ofrecen.
- Si no estás de acuerdo, presenta la papeleta de conciliación dentro de los 20 días hábiles y consulta con un abogado laboralista, un graduado social o tu sindicato.
- Pide el paro sin esperar a que se resuelva: mira cuánto se cobra de paro.
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 56 y 59 y disposición transitoria undécima, BOE
- Ficha de cálculo de la indemnización en contratos anteriores a 2012, Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM)
Cuatro casos resueltos
Todos los casos son hipotéticos y están calculados con la misma fórmula que la calculadora.
Caso 1 · Contrato desde 2018
Caso 2 · Menos de un año en la empresa
Caso 3 · Contrato desde 2005: el tope de 720 días
Caso 4 · Contrato desde 1990: cuando el tramo antiguo ya pasa de 720
Las reglas de los contratos anteriores a 2012
La reforma laboral de 2012 bajó la indemnización de 45 a 33 días por año. Para quien ya trabajaba antes, se aplica un cálculo mixto (disposición transitoria undécima del Estatuto, interpretada por el Tribunal Supremo en 2016):
Qué cuenta como salario (y qué no)
Cuándo esta cuenta no te aplica
Errores frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Quién decide si el despido es improcedente?
La empresa puede reconocerlo en la carta o en la conciliación; si no, lo declara un juzgado. Mientras tanto, la cifra de esta calculadora es la referencia de una posible negociación.
¿La indemnización paga IRPF?
La indemnización obligatoria por despido improcedente está exenta hasta un límite. Lo que supere lo legal o ese límite tributa.
¿Y el finiquito?
Es otra cosa y se cobra siempre: salario pendiente, vacaciones y pagas. Mira qué incluye el finiquito.
¿Puedo cobrar el paro si me pagan la indemnización?
Sí. La indemnización por despido no impide cobrar el paro.
Qué hacer ahora
Sigue leyendo: Despido en España
Fuentes
Información general, no asesoramiento personalizado. El cálculo parte de los datos que introduces; tu convenio, tu contrato o una sentencia pueden cambiar el resultado. Para un caso concreto, consulta a un abogado laboralista, a un graduado social o a tu sindicato. Última revisión: 20/10/2026. ¿Has visto un error? Escríbenos a correcciones@cuentasdelcurro.com.

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